Título TÍTULO VI

Art. 82

En vigor desde 2 may 2024
Por la intervención de los profesionales de la Procura en los procedimientos previstos en la Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar, percibirán como máximo la cantidad de 175,00 euros.
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eli/es/rd/2024/04/30/434#art-82

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