Art. 6
En vigor desde 16 jun 2013
Las Consejerías de Turismo son órganos técnicos especializados de las Misiones Diplomáticas de España, bajo la dependencia jerárquica del Embajador, sin perjuicio de que dependen orgánicamente de la Secretaría de Estado de Turismo a través del Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA) y funcionalmente, a través del Director General del organismo, del Presidente del Instituto.
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Proeli/es/rd/2013/06/14/425#art-6