Art. 5

En vigor desde 16 jun 2013
1. El Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA) contará con un Director General, que suplirá temporalmente al Presidente en caso de vacante, ausencia o enfermedad. El Director General será nombrado por real decreto del Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Industria, Energía y Turismo. 2. Corresponde a la Dirección General del Instituto, bajo la superior dirección del Presidente, las siguientes funciones: a) La planificación, definición de objetivos y evaluación del rendimiento de la acción del Instituto, así como el desarrollo de las herramientas y actuaciones para la aplicación del Plan Nacional e Integral del Turismo, el impulso de su ejecución y seguimiento, así como la comunicación, difusión, participación y evaluación del mismo. b) La gestión de la Marca España en su dimensión turística, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación y con el Alto Comisionado del Gobierno para la Marca España; el seguimiento de la reputación del destino España en los distintos mercados emisores y el establecimiento de comunidades virtuales en torno a España y sus recursos turísticos. c) El desarrollo y la ejecución de los planes para la promoción y apoyo a la comercialización de los productos turísticos españoles en los mercados exteriores mediante la utilización conjunta de los distintos instrumentos y medios de promoción turística y, especialmente, a través del aprovechamiento de las redes y tecnologías de la información y las comunicaciones, así como el desarrollo y ejecución de campañas de comunicación y publicidad. d) El análisis de los mercados emisores de turismo, la elaboración de proyecciones y prospectivas sobre flujos turísticos, pernoctaciones e ingresos por turismo, el análisis de los factores que inciden en la economía turística y en particular en la rentabilidad de la actividad turística, así como la recopilación y difusión del conocimiento turístico y la coordinación de la información sobre el sector turístico generada por las distintas unidades administrativas dependientes de la Secretaría de Estado de Turismo y del organismo autónomo Instituto de Turismo de España. e) La elaboración del Plan Estratégico de Marketing con carácter plurianual, donde se fijen las prioridades de impulso de marca, promoción y apoyo a la comercialización por mercados, productos y segmentos de demanda en colaboración con las Comunidades Autónomas, los entes locales y el sector turístico. f) La elaboración de los Planes Operativos Anuales por mercados emisores, donde se fije el programa de actuación en materia de promoción y apoyo a la comercialización de productos turísticos en colaboración con las Comunidades Autónomas, los entes locales y el sector turístico. g) La gestión de un catálogo de servicios de marketing y conocimiento a disposición de las empresas turísticas y entes territoriales españoles. h) El ejercicio de las relaciones inmediatas con las Oficinas Españolas de Turismo y, en particular, la coordinación y el control de gestión de sus actividades. i) La gestión y control de los recursos humanos. j) La gestión y control de los recursos económicos, la formulación de las cuentas anuales así como la planificación y coordinación de los servicios informáticos del Instituto, incluyendo las actuaciones económicas, contractuales y administrativas necesarias para el funcionamiento del organismo, la gestión de carácter patrimonial o de inversiones, y el impulso y desarrollo a la aplicación de las tecnologías de la información para la mejora de la eficiencia de los procesos de gestión y prestación de servicios que realiza el Instituto. k) La gestión y explotación de los inmuebles adscritos al Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA). l) Ejercer el control de eficacia respecto de la Sociedad Paradores de Turismo de España, Sociedad Anónima, e instruir a la misma respecto a las líneas de actuación estratégicas de la sociedad. 3. Corresponde a la Dirección General del Instituto de Turismo de España, en relación con los órganos colegiados de ámbito turístico: La Presidencia de la Mesa de Directores de la Conferencia Sectorial del Turismo y la secretaría de dicha Conferencia Sectorial, la secretaría de la Comisión Interministerial de Turismo y una vocalía nata del Consejo Español del Turismo. 4. La Dirección General del Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA) se estructura en las siguientes unidades con nivel orgánico de subdirección general: a) La Subdirección General de Marketing Exterior del Turismo, que ejercerá las funciones referidas en el apartado 2.c). b) La Subdirección General de Conocimiento y Estudios Turísticos, que ejercerá las funciones referidas en el apartado 2.d). c) La Subdirección General de Estrategia y Servicios al Sector Turístico, que ejercerá las funciones referidas en el apartado 2.e); 2.f); 2g) y 2.h). d) La Subdirección General de Gestión Económico-Administrativa y Tecnologías de la Información que, ejercerá las funciones referidas en los apartados 2.i) y 2.j) y 2.k). 5. Depende del Director General del Instituto de Turismo de España el Palacio de Exposiciones y Congresos de Madrid.
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eli/es/rd/2013/06/14/425#art-5

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