Capítulo CAPÍTULO V
Art. 50
En vigor desde 30 abr 2006
Los órganos de las Demarcaciones territoriales son los siguientes:
a) La Junta General de la Demarcación territorial.
b) La Junta Directiva de la Demarcación.
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Proeli/es/rd/2006/04/07/418#art-50