Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1.ª De la Junta General

Art. 25

En vigor desde 30 abr 2006
Corresponde a la Junta General: a) La aprobación del acta de la sesión anterior. b) El conocimiento y sanción de la Memoria Anual que la Junta de Gobierno le someterá, resumiendo su actuación y la de los demás Órganos, Instituciones, Demarcaciones y Comisiones del Colegio, así como los acontecimientos profesionales de mayor relieve. c) La aprobación del presupuesto general, cuentas anuales y enajenaciones o adquisiciones patrimoniales de bienes inmuebles. d) La aprobación de las cuotas de inscripción, cuotas ordinarias y el establecimiento de las extraordinarias. e) La aprobación de la oferta de servicios colegiales y su correspondiente sistema de financiación. f) Las deliberaciones y decisión de cuantos asuntos se le sometan a propuesta de la Junta de Gobierno o de un grupo de colegiados de acuerdo con lo especificado en estos Estatutos y en el Reglamento general de régimen interior. g) La aprobación del Reglamento general de régimen interior, de sus modificaciones y de las reformas de los presentes Estatutos. h) Aprobación de la constitución y disolución de las Demarcaciones territoriales. i) La disolución del Colegio y, en tal caso, el destino que deberá darse a sus bienes. j) La designación de Colegiado de honor o de cualquier otro tipo de distinción honorífica. k) Aprobar las normas deontológicas profesionales y el régimen disciplinario, a propuesta de la Junta de Decanos. l) Todas las demás atribuciones que le otorguen los presentes Estatutos.
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eli/es/rd/2006/04/07/418#art-25

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