Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª De la Junta de Gobierno
Art. 33
En vigor desde 18 ene 2018
A las sesiones de las Juntas extraordinarias de Gobierno podrán asistir con voz pero sin voto los Decanos de Juntas Directivas de Demarcación, así como colegiados convocados especialmente por ella para tratar algún asunto.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2018/01/12/4#art-33