Capítulo CAPITULO III›Secc. Sección 5.ª De la secretaría general
Art. Disposición final primera
En vigor desde 20 jun 2013
El presente real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.5.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia.
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