Art. 9
En vigor desde 24 mar 2004
(Derogado).
Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 431/2004, de 12 de marzo. Ref. BOE-A-2004-5191 Se modifica el primer párrafo del apartado 2 por el art. único del Real Decreto 1378/1991, de 13 de septiembre. Ref. BOE-A-1991-23943 Téngase en cuenta que esta modificación produce efectos económicos desde el 1 de enero de 1991 según establece la disposición final 2 del citado Real Decreto. Se declara la nulidad del apartado 1.b) y el primer párrafo del apartado 2 en la forma indicada por Sentencia del TS de 27 de abril de 2004. Ref. BOE-A-2004-12095
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1989/04/21/391#art-9