Capítulo CAPÍTULO II

Art. 3

En vigor desde 16 abr 2005
La inscripción registral deberá contener los siguientes datos: A) Municipios. a) Denominación. b) Provincia y Comunidad Autónoma a la que pertenece. c) Extensión superficiel y límites del término municipal. d) Capitalidad. e) Número de habitantes. f) Régimen de funcionamiento común, propio (Reglamento orgánico) o especial (Concejo abierto). g) Un nombre del dominio o dirección de Internet, al menos, que utilicen para su identificación en Internet. B) Provincias. a) Denominación. b) Comunidad Autónoma a la que pertenece. c) Extensión superficial y límites del territorio provincial. d) Capitalidad. e) Número de habitantes. f) Régimen común o especial (artículos 39 y 40 de la Ley 7/1985, de 2 de abril). g) Denominación de la Corporación a la que corresponde la representación, gobierno y administración de la provincia. h) Un nombre del dominio o dirección de Internet, al menos, que utilicen para su identificación en Internet. C) Islas. a) Denominación. b) Provincia y/o Comunidad Autónoma a la que pertenece. c) Extensión superficial. d) Capitalidad. e) Número de habitantes. f) Denominación de la Corporación a la que corresponde su representación, gobierno y administración. g) Un nombre del dominio o dirección de Internet, al menos, que utilicen para su identificación en Internet. D) Entidades de ámbito territorial inferior al municipio. a) Denominación genérica (artículo 45.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril) y nombre de la Entidad. b) Municipio, provincia y Comunidad Autónoma a la que pertenece. c) Extensión superficial y limites. d) Capitalidad. e) Número de habitantes. f) Régimen de organización y funcionamiento común (Ley de la Comunidad Autónoma) o especial (Concejo abierto). g) Un nombre del dominio o dirección de Internet, al menos, que utilicen para su identificación en Internet. E) Mancomunidades de Municipios. a) Denominación. b) Número y denominación de los Municipios asociados. c) Comunidad Autónoma a que pertenece. d) Capitalidad. e) Órganos de gobierno y gestión. f) Obras y/o servicios de su competencia. g) Un nombre del dominio o dirección de Internet, al menos, que utilicen para su identificación en Internet. F) Comarcas, áreas metropolitanas y otras agrupaciones de Municipios distintas de la provincia. a) Denominación genérica y específica de cada Entidad. b) Número y denominación de los Municipios agrupados en ella. c) Comunidad Autónoma a que pertenezca. d) Capitalidad. e) Denominación y estructura organizativa y funcionamiento de sus órganos de representación, gobierno y administración. f) Competencia que tenga legalmente atribuida. g) Un nombre del dominio o dirección de Internet, al menos, que utilicen para su identificación en Internet. Se añade la letra g) a los apartados A), C), D), E) y F) y la letra h) al apartado B) por el art. único.1 del Real Decreto 339/2005, de 1 de abril. Ref. BOE-A-2005-6030 .

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Pro

eli/es/rd/1986/02/10/382#art-3

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