Art. 4
En vigor desde 8 may 2026
El Foro tendrá la siguiente composición:
a) La Presidencia.
b) Las vicepresidencias.
c) Las vocalías.
d) La secretaría.
Para el cumplimiento de sus fines, el Foro funcionará en Pleno, en Comisión Permanente y grupos de trabajo.
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Proeli/es/rd/2026/05/06/371#art-4