Art. 9
En vigor desde 19 jun 2018
1. Corresponde al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de empleo y de Seguridad Social, así como el desarrollo de la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración.
2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Migraciones.
b) La Secretaría de Estado de la Seguridad Social.
c) La Secretaría de Estado de Empleo.
Se modifica el apartado 2 por la disposición final 2 del Real Decreto 419/2018, de 18 de junio. Ref. BOE-A-2018-8154#df-2
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2018/06/06/355#art-9