Capítulo CAPÍTULO 1
Art. 8
En vigor desde 22 may 2013
1. Los recursos hidráulicos naturales superficiales se han evaluado para todo el ámbito de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir, a escala mensual y con una resolución espacial de 1 km 2 para el período 1940/41 a 2005/06.
2. En los estudios sobre recursos de la cuenca serán de obligada utilización, a fin de asegurar su homogeneidad, los valores que recoge la Web del Organismo de cuenca sobre aportaciones anuales medias y las series de aportaciones mensuales de las unidades de zonificación hidrográfica para el período indicado en el punto anterior.
3. Los recursos hidráulicos naturales medios totales de la cuenca se han evaluado en 7.043 hm 3 /año, no superando la mitad de los años los 5.585 hm 3 /año. Hay que tener en cuenta que los estudios se han basado en la serie histórica 1940/41-2005/06, la de máxima longitud disponible en el momento de la redacción del Plan. Esta cifra es sensiblemente inferior si se reduce la longitud de la serie a 1.980/81 a 2005/06 en la cual los recursos naturales medios son de 5.755 hm 3 /año, no superando la mitad de los años los 4.015 hm 3 /año. Las previsiones de futuro pueden, por tanto, desviarse de la realidad en función de las características de los años hidrológicos venideros. El Cuadro C.8.1 presenta la distribución de la aportación natural según las subzonas del artículo 2.
Cuadro C.8.1 Evaluación de los recursos naturales en la demarcación según las zonas definidas en el artículo 2 de la presente normativa
Subzona Longitud de la serie 1940/41-2005/06 1980/81-2005/06 Media hm 3 /año Mediana hm 3 /año Media hm 3 /año Mediana hm 3 /año Guadalquivir hasta embalse del Tranco 178 153 141 114 Guadalquivir entre el embalse del Tranco y Marmolejo 292 188 192 127 Guadiana Menor 484 404 298 205 Guadalimar 771 532 570 419 Guadalbullón 122 69 89 49 Guadiel y Rumblar 148 116 116 84 Jándula 232 174 177 111 Salado de Arjona y Salado de Porcuna 114 49 77 38 Yeguas, Martín Gonzalo y Arenoso 260 207 231 175 Guadalquivir entre Marmolejo y Córdoba (Guadalmellato) 79 41 70 36 Guadalmellato y Guadiato 385 250 370 232 Guadalquivir entre Córdoba (Guadalmellato) y Palma del Río (Genil) 220 167 208 155 Guadajoz 313 212 240 155 Bembézar, Retortillo, Guadalora y Guadalbacar 454 318 421 234 Alto y Medio Genil hasta el embalse de Iznájar 557 486 450 340 Bajo Genil 323 190 248 160 Guadalquivir entre Palma del Río (Genil) y Alcalá del Río 237 193 220 144 Corbones 217 145 173 113 Rivera de Huesna y Viar 474 327 432 275 Guadalquivir entre Alcalá del Río y Bonanza 78 60 72 45 Rivera de Huelva 389 288 343 216 Guadaíra 169 120 141 102 Fuente Vieja, Salado de Morón, Salado de Lebrija y Caño de Trebujena 233 168 185 151 Guadiamar, Majalberraque y Pudio 206 149 197 114 Madre de las Marismas 107 72 94 53 Total Cuenca del Guadalquivir 7.043 5.585 5.755 4.015
4. Una parte de los recursos hidráulicos del apartado anterior son de procedencia subterránea, contribuyendo con su regulación natural al mantenimiento del flujo de base de los cursos superficiales. En la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir, los recursos hidráulicos naturales de procedencia subterránea se han evaluado según las masas de agua subterránea del artículo 4 y se recogen en el Cuadro C.8.2, definiéndose la recarga y el recurso disponible, entendiendo éste, en el sentido que establece la Instrucción de Planificación Hidrológica, como el valor medio interanual de la tasa de recarga total de la masa de agua subterránea, menos el flujo interanual medio requerido para conseguir los objetivos de calidad ecológica para el agua superficial asociada para evitar cualquier disminución significativa en el estado ecológico de tales aguas, y cualquier daño significativo a los ecosistemas terrestres asociados.
Con ello, el total de los recursos hidráulicos naturales subterráneos disponibles en el conjunto de las masas de agua subterránea definidas en la demarcación se cifra en 1962,24 hm 3 /año. Los usos a los que se destinen estos recursos subterráneos y los que existan fuera de las masas de agua definidas se atendrán a lo especificado al respecto en el artículo 42.
Cuadro C.8.2 Recursos hidráulicos subterráneos en la demarcación por masa de agua subterránea
Cod. masa de agua subterránea Recarga (hm 3 /año) Recurso disponible (Rd) Cod. masa de agua subterránea Recarga (hm 3 /año) Recurso disponible (Rd) 0501 141,00 70,50 0531 91,00 72,80 0502 215,00 107,50 0532 232,00 185,60 0503 10,00 8,00 0533 5,50 4,40 0504 30,00 24,00 0534 11,00 8,80 0505 2,80 2,24 0535 47,00 37,60 0506 23,00 18,40 0536 23,50 18,80 0507 3,50 2,80 0537 11,50 9,20 0508 6,60 5,28 0538 3,80 3,04 0509 34,00 27,20 0539 11,00 8,80 0510 6,20 4,96 0540 100,00 80,00 0511 50,00 40,00 0541 12,50 10,00 0512 49,00 39,20 0542 78,00 62,40 0513 12,70 10,16 0543 27,00 21,60 0514 2,20 1,76 0544 78,00 62,40 0515 4,50 3,60 0545 275,00 220,00 0516 2,70 2,16 0546 44,00 35,20 0517 2,60 2,08 0547 150,00 120,00 0518 0,75 0,60 0548 32,00 25,60 0519 5,00 4,00 0549 31,50 25,20 0520 6,00 4,80 0550 32,40 25,92 0521 22,00 17,60 0551 250,00 125,00 0522 5,00 4,00 0552 7,00 5,60 0523 57,60 46,08 0565 30,20 24,16 0524 15,00 12,00 0566 24,50 19,60 0525 6,00 4,80 0568 42,00 33,60 0526 66,00 52,80 0569 38,00 30,40 0527 3,00 2,40 0570 20,00 16,00 0528 42,00 33,60 0571 10,00 8,00 0529 25,00 20,00 0572 12,00 9,60 0530 50,00 40,00 0573 50,50 40,40 Sumas totales 2.680,05 1.962,24
5. El Organismo de cuenca estará en contacto con la Oficina Española de Cambio Climático para, a la vista de la información recibida, incorporar los cambios que puedan afectar los objetivos del Plan Hidrológico.
6. Deberán extremarse las medidas de ahorro y utilización conjunta de aguas superficiales y subterráneas para subsanar los eventuales déficits, sin afección a derechos establecidos, y siempre de acuerdo con las Normas que sobre explotación y otorgamiento de autorizaciones y concesiones, se establecen en este documento para las aguas subterráneas, sin perjuicio de lo que pueda establecerse en otra normativa de rango superior.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2013/05/17/355#art-8