Capítulo CAPÍTULO 7Secc. Sección 4. Zonas protegidas

Art. 54

En vigor desde 22 may 2013
1. Mediante la Resolución de 30 de junio de 2011, de la Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino han sido declaradas como zonas sensibles 13 zonas en total, en aplicación del Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas y el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-ley antes citado, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas. 2. La Tabla T.VIII.12 del apéndice 8 relaciona las trece zonas sensibles de la demarcación.
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eli/es/rd/2013/05/17/355#art-54

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