Art. Disposición final segunda
En vigor desde 17 ene 2010
El Real Decreto 1360/1981, de 20 de junio, por el que se regula el reconocimiento de las aptitudes en idiomas en las Fuerzas Armadas, continuará en vigor, con rango de Orden ministerial, hasta tanto el Ministro de Defensa apruebe la normativa reguladora en el ámbito de las Fuerzas Armadas de las aptitudes en idiomas, que lo derogue de forma expresa.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2010/01/15/35#disposicion-final-segunda