Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 16 sept 2016
Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.21.ª de la Constitución, que atribuye competencia exclusiva al Estado en materia de telecomunicaciones.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2016/09/09/330#disposicion-final-tercera