Título TÍTULO II

Art. Disposición derogatoria

En vigor desde 8 may 1994
A la entrada en vigor del presente Real Decreto quedan derogadas las siguientes disposiciones: a) Real Decreto 403/1986, de 21 de febrero, por el que se establecen normas complementarias para la aplicación de la reglamentación de la Comunidad Económica Europea en materia de circulación y registro de productos vitivinícolas. b) Real Decreto 799/1989, de 30 de junio, por el que se modifica el artículo 107 del Decreto 835/1972, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 25/1970, Estatuto de la viña, vino y de los alcoholes, para adaptar la regulación de los registros de entradas y salidas de productos derivados de la uva a la normativa comunitaria. c) Orden de 17 de diciembre de 1990 por la que se regula la cumplimentación del documento comercial autorizado para productos vitivinícolas.
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eli/es/rd/1994/02/28/323#disposicion-derogatoria

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