Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 10 abr 2010
Todas las referencias para las que en este real decreto se utiliza la forma de masculino genérico, deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y a hombres.
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eli/es/rd/2010/03/15/303#disposicion-adicional-tercera

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