Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 1 ene 2002
Queda derogada la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 21 de octubre de 1987, por la que se establecen normas mínimas para la protección de las gallinas ponedoras en batería, modificada por las Órdenes de 29 de enero de 1990 y 21 de junio de 1991. No obstante, mantendrán su vigencia en lo relativo a los requisitos exigibles en la misma hasta la plena aplicabilidad del presente Real Decreto, de conformidad con los plazos establecidos en la disposición final segunda.
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eli/es/rd/2002/01/11/3#disposicion-derogatoria-unica

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