Libro TRATADO CUARTO›Título TÍTULO XVII›Capítulo DEL COMANDANTE DE LA GUARDIA DE PREVENCIÓN
Art. 371
DerogadoEn vigor desde 1 ene 1984
Cuando tenga conocimiento de actitudes o hechos que constituyan, o puedan constituir, una amenaza para la Base o Acuartelamiento, empleará los procedimientos de alerta previstos en el Plan de Seguridad.
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Proeli/es/rd/1983/11/09/2945#art-371