Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 27 ene 1999
Quedan derogadas la Orden del Ministerio de la Gobernación de 13 de noviembre de 1950, que aprobó el Estatuto-Reglamento del Consejo General de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos, y las Órdenes de dicho Departamento ministerial de 26 de marzo de 1952, de 13 de diciembre de 1954, de 26 de noviembre de 1969 y de 29 de abril de 1972, que lo modificaron parcialmente, así como la Resolución de la Dirección General de Sanidad de 23 de octubre de 1970 y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este Real Decreto o en los Estatutos Generales que el mismo aprueba. Mantendrán, no obstante, su vigencia las previsiones de dichas normas relativas a la estructura territorial de la organización colegial y a la regulación de los Colegios Regionales en tanto se adecuan, una y otra, a los nuevos Estatutos y demás disposiciones aplicables.
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eli/es/rd/1998/12/23/2828#disposicion-derogatoria-unica

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