Libro LIBRO I›Título TÍTULO IV
Art. 31
En vigor desde 27 ene 1999
1. La asistencia de los cargos electivos de representación a las reuniones reglamentariamente convocadas por las entidades de la organización colegial tendrá los efectos señalados, en su caso, por las disposiciones vigentes.
2. La organización colegial, al cursar las convocatorias que correspondan en uso de sus facultades, procurará que originen las menores perturbaciones posibles a sus cargos electivos. En todo caso, el cargo unipersonal convocado deberá dar cuenta a la autoridad correspondiente, con la máxima antelación posible, de la necesidad de ausentarse del puesto de trabajo, justificando con el texto de la convocatoria el motivo de la ausencia.
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Proeli/es/rd/1998/12/23/2828#art-31