Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Construcción de inmuebles
Art. 29
En vigor desde 22 ene 1999
Cuando la GISE haya de actuar como órgano de contratación a efectos de la construcción de inmuebles, ajustará su actuación a lo establecido en la Ley 13/1995.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1998/12/23/2823#art-29