Libro REGLAMENTO GENERAL DE VEHÍCULOSTítulo Autorizaciones de circulación de los vehículosCapítulo CVF = Pe / 5,152 (4)

Art. III. Pruebas o ensayos de investigación extraordinarios realizados por fabricantes/representantes legales, carroceros y Laboratorios Oficiales

En vigor desde 26 jul 1999
III. Pruebas o ensayos de investigación extraordinarios realizados por fabricantes/representantes legales, carroceros y Laboratorios Oficiales De acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de este Reglamento, para la concesión de los permisos para pruebas o ensayos de investigación extraordinarios previstos en el mismo se presentará la siguiente documentación: 1.º Solicitud suscrita por el interesado. 2.º Tasa por el importe legalmente establecido. 3.º Los documentos que sobre la identidad y representación se especifican en el apartado A números 1.º y 3.º del anexo XIII, sobre matriculación. 4.º Acreditar estar en posesión previa del permiso temporal de empresa. 5.º Justificación de la necesidad de la petición. En el permiso para pruebas o ensayos de investigación extraordinarios figurarán los siguientes datos: Número del permiso temporal de empresa. Marca y número del bastidor del vehículo. Apellidos y nombre o razón social del titular del permiso. Domicilio del titular del permiso. El tipo de ensayo a realizar. Itinerario. Horario. Duración. Demás condiciones en que deba desarrollarse.
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eli/es/rd/1998/12/23/2822#iii-pruebas-o-ensayos-de-investigacion-extraordinarios-realizados-por-fabricante

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