Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 21 mar 2024
1. Los servicios territoriales del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en las ciudades de Ceuta y Melilla dependen del Departamento, a través de la Secretaría de Estado de Educación, sin perjuicio de las competencias de la Secretaria General de Formación Profesional.
2. Los centros integrados de formación profesional y los centros de referencia nacional de formación profesional se relacionan con el Departamento a través de la Secretaría General de Formación Profesional.
3. Las Consejerías de Educación en el exterior, dependen del Departamento a través de la Unidad de Acción Educativa Exterior.
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Proeli/es/rd/2024/03/19/274#disposicion-adicional-tercera