Capítulo CAPÍTULO 6

Art. 21

En vigor desde 13 abr 2014
1. En virtud de lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de Planificación Hidrológica se adoptan los sistemas de explotación de recursos recogidos en el siguiente esquema: Tabla 2. Sistemas de explotación 2. El ámbito de los sistemas de explotación de recursos es el que se define a continuación: • Sistema de explotación único. Corresponde a la totalidad de la parte española de la cuenca del Tajo. Engloba al resto de los sistemas de explotación. • Sistema integrado de la cuenca alta (SICA). Corresponde a la totalidad de la cuenca del Tajo aguas arriba del embalse de Azután. Engloba a los sistemas de explotación Cabecera, Tajuña, Henares, Jarama-Guadarrama, Alberche y Tajo Izquierda, que se integran en un sistema conjunto a los efectos establecidos en el Reglamento de Planificación Hidrológica por tener interrelacionados, entre otros aspectos, la asignación y reserva de recursos para distintos usos y demandas, sin perjuicio de su análisis individualizado para la consecución de los objetivos de cada masa de agua. • Sistema Cabecera. Comprende la totalidad de la cuenca del río Tajo aguas arriba de Aranjuez, justo antes de la confluencia del río Jarama. • Sistema Tajuña. Comprende la totalidad de la cuenca del río Tajuña hasta su desembocadura en el río Jarama. • Sistema Henares. Comprende la totalidad de la cuenca del río Henares hasta su desembocadura en el río Jarama. • Sistema Jarama-Guadarrama. Comprende la totalidad de las cuencas de los ríos Jarama y Guadarrama hasta su desembocadura en el río Tajo, menos la extensión de los sistemas de explotación Tajuña y Henares. • Sistema Alberche. Comprende la totalidad de la cuenca del río Alberche hasta su desembocadura en el río Tajo. • Sistema Tajo Izquierda. Comprende la cuenca del río Tajo aguas arriba del embalse de Azután, menos la extensión de los sistemas de explotación Cabecera, Tajuña, Henares, Jarama-Guadarrama y Alberche. • Sistema Tiétar. Comprende la totalidad de la cuenca del río Tiétar hasta su desembocadura en el río Tajo. • Sistema Árrago. Comprende la totalidad de la cuenca del río Árrago hasta su desembocadura en el río Alagón. • Sistema Alagón. Comprende la totalidad de la cuenca del río Alagón hasta su desembocadura en el río Tajo, menos la extensión del sistema de explotación Árrago. • Sistema Bajo Tajo. Comprende la totalidad de la parte española de la cuenca del Tajo menos la extensión de los sistemas de explotación Cabecera, Tajuña, Henares, Jarama-Guadarrama, Alberche, Tajo Izquierda, Tiétar, Árrago y Alagón. Las masas de aguas subterráneas se vinculan con los sistemas de explotación de recursos de acuerdo con la siguiente tabla: Tabla 3. Relación de agua subterránea con sistemas de explotación
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eli/es/rd/2014/04/11/270#art-21

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