Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Naturaleza jurídica y funciones del Consejo

Art. 2

En vigor desde 10 abr 2025
1. El Consejo de la Memoria Democrática es el órgano colegiado consultivo y de participación de las entidades memorialistas, adscrito al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. 2. En lo no previsto en este real decreto, el Consejo se regirá por lo dispuesto en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 3. En virtud de lo establecido en el artículo 15.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el Consejo podrá establecer o completar sus propias normas de funcionamiento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2025/04/08/265#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil