Libro LIBRO II›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 137
En vigor desde 1 ene 1995
En la producción o elaboración de bienes el Arbitrio se devengará en el momento de su puesta a disposición de los adquirentes.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1994/12/29/2538#art-137