Art. 13

En vigor desde 26 mar 2011
La Dirección General de los Registros y del Notariado podrá conceder las comisiones de servicio establecidas en el artículo 272 de la Ley Hipotecaria aunque las diez plazas previstas en este real decreto se encuentren cubiertas.
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eli/es/rd/2011/02/28/253#art-13

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