Art. [preambulo]

En vigor desde 10 mar 2024
El Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, modificado por el Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, incluye dentro de dicha estructura al Ministerio de Igualdad, como departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de igualdad y de las políticas dirigidas a hacer real y efectiva la igualdad entre mujeres y hombres y la erradicación de toda forma de discriminación. El Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, ha fijado la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad, determinando sus órganos superiores y directivos hasta el nivel orgánico de dirección general, de conformidad con el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En el marco establecido por dicha normativa, con arreglo a lo establecido en la disposición final segunda del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, procede desarrollar la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad, hasta el nivel de subdirección general, definiendo las competencias y funciones de cada uno de sus órganos. Como novedad con respecto a la estructura orgánica anterior del departamento, se extingue la Subdirección General de Relaciones Institucionales e Internacionales, y Publicaciones y, en su lugar, se crean dos subdirecciones: la Subdirección General de Relaciones Institucionales, Recursos y Publicaciones, y la Subdirección General de Relaciones Internacionales, con el fin de dar soporte a la intensa actividad internacional del departamento, que participa, lidera y es referente en numerosos foros europeos e internacionales. Además, se modifica la denominación de tres subdirecciones generales, en coherencia con los cambios de denominación de la Secretaría de Estado y de la Dirección General de Igualdad de Trato y No Discriminación y contra el Racismo y con las competencias atribuidas en materia de violencia contra las mujeres. En concreto, la Subdirección General de Sensibilización, Prevención y Estudios de la Violencia de Género pasa a denominarse Subdirección General de Sensibilización, Prevención y Estudios de la Violencia contra las Mujeres; la Subdirección General de Coordinación Interinstitucional en Violencia de Género pasa a denominarse Subdirección General de Coordinación Interinstitucional en Violencia contra las Mujeres; y la Subdirección General para la Igualdad de trato y Diversidad Étnico Racial, pasa a denominarse Subdirección General para la Igualdad de trato y No Discriminación y contra el Racismo. Este real decreto se adecúa a los principios de buena regulación de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, contemplados en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En particular, el real decreto atiende a la necesidad de desarrollar la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad conforme a la estructura organizativa dispuesta por el Real Decreto 3/2024, de 9 de enero, por el que se reestructuran las Subsecretarías de los departamentos ministeriales, y el citado Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, y es eficaz y proporcionado en el cumplimiento del propósito citado, sin afectar en forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadanía. Asimismo, contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica a la organización y funcionamiento del departamento, al adecuarse a la estructura de órganos superiores y directivos actualmente existente. El real decreto cumple también con el principio de transparencia, al identificar claramente sus objetivos, así como con el principio de eficiencia, ya que contribuirá a racionalizar la gestión de los recursos públicos. En su virtud, a iniciativa de la Ministra de Igualdad, a propuesta del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de marzo de 2024, DISPONGO:
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eli/es/rd/2024/03/08/246#preambulo-pr

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