Capítulo ANEXO X

Art. 2

En vigor desde 8 jun 2016
Contador de energía eléctrica activa: dispositivo que mide la energía eléctrica activa que circula en un circuito. Contador de emplazamiento interior: aquel que solo puede ser utilizado en lugares que tengan protección adicional contra influencias ambientales (por ejemplo, en el interior de un edificio o al exterior en un habitáculo habilitado al efecto). Contador de emplazamiento exterior: aquel que solo puede ser utilizado a la intemperie sin protección adicional frente a influencias ambientales.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2016/06/03/244#art-2-9

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil