Capítulo CAPÍTULO V

Art. 12

En vigor desde 16 ene 2005
Las condiciones y requisitos que deben satisfacer los establecimientos industriales, en relación con su seguridad contra incendios, estarán determinados por su configuración y ubicación con relación a su entorno y su nivel de riesgo intrínseco, fijados según se establece en el anexo I.
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eli/es/rd/2004/12/03/2267#art-12

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