Art. 8
En vigor desde 21 mar 2008
Para facilitar la identificación de la estación ITV en todo el territorio español, por parte de los conductores de los vehículos, todas ellas ostentarán, en lugar bien visible la señal de servicio ITV, que aparece en el anexo II de este real decreto.
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Proeli/es/rd/2008/02/15/224#art-8