Art. Disposición transitoria

En vigor desde 11 oct 1979
Los miembros de los distintos órganos directivos del Colegio Nacional de Ópticos continuarán en el ejercicio de sus cargos hasta que proceda la renovación de los mismos por expiración del periodo para el que fueron elegidos.
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eli/es/rd/1979/07/13/2207#disposicion-transitoria

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