Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 86

En vigor desde 17 feb 2008
La Comisión Nacional del Mercado de Valores podrá concretar el ámbito de aplicación de este Título II, así como definir la entidad obligada de cada grupo para cumplir con los requisitos exigidos en base consolidada.
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eli/es/rd/2008/02/15/216#art-86

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