Título REGLAMENTO DE DESARROLLO PARCIAL DE LA LEY 26/2007, DE 23 DE OCTUBRE, DE RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTALCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Verificación del análisis de riesgos medioambientales

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 23 abr 2009
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional quinta de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, las comunidades autónomas informarán a la Comisión técnica de prevención y reparación de daños medioambientales, con una periodicidad anual, de los daños medioambientales ocurridos en su territorio y de los proyectos de reparación aprobados para llevar a cabo su reparación.
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eli/es/rd/2008/12/22/2090#disposicion-adicional-primera

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