Art. Disposición final primera

En vigor desde 26 feb 2003
El presente Real Decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la actividad económica, a excepción de los artículos 26 y 27, que se dictan al amparo del artículo 149.1.10.ª, que otorga al Estado competencia exclusiva en materia de comercio exterior.
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eli/es/rd/2003/02/21/208#disposicion-final-primera

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