Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 68

En vigor desde 25 dic 2008
1. El programa de ayudas a instrumentos de información y gestión del Plan recoge las condiciones básicas de financiación para la creación y mantenimiento de sistemas de información a los ciudadanos, y el control y gestión de las relaciones entre el Ministerio de Vivienda y las Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla en el desarrollo del Plan. 2. En particular, podrán recibir ayudas: a) Los sistemas informáticos de gestión del Plan. b) Los registros de demandantes. c) Las ventanillas únicas de información y gestión sobre ayudas del Plan y de otras actuaciones de las políticas de vivienda. d) Los programas de difusión del Plan y de su desarrollo y ejecución.
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eli/es/rd/2008/12/12/2066#art-68

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