Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 25 dic 2008
La cuantía del MBE se fija en 758 euros por metro cuadrado de superficie útil, hasta que el Consejo de Ministros acuerde actualizarlo de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 9.
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eli/es/rd/2008/12/12/2066#disposicion-adicional-segunda

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