Capítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 2.ª Régimen jurídico de las ayudas estatales

Art. 23

En vigor desde 13 ene 2009
El reconocimiento del coste de una película, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, lo es a efectos de cómputo de las ayudas. El cálculo de la base de la deducción por inversiones en producciones cinematográficas previstas en el artículo 38 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, se realizará conforme a la normativa reguladora de dicho impuesto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2008/12/12/2062#art-23

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil