Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 30 mar 2023
En el curso escolar 2022-2023, el alumnado que tenga pendiente de superar materias correspondientes al segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria deberá seguir los planes de refuerzo que establezca el equipo docente y superar las evaluaciones correspondientes a estos planes, de acuerdo con lo dispuesto por las administraciones educativas. Para ello se tomará como referencia el currículo derivado del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre. A estos efectos, se tendrá en cuenta que los estándares de aprendizaje evaluables que figuran en los anexos de dicho real decreto tienen carácter meramente orientativo.
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eli/es/rd/2023/03/28/205#disposicion-transitoria-unica

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