Capítulo CAPÍTULO VIIISecc. Sección 3.ª Distintivo «Juego Limpio»

Art. 90

En vigor desde 1 jul 2010
El distintivo podrá retirarse durante su período de disfrute por la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, a propuesta de la Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, por circunstancias sobrevenidas y debidamente motivadas.
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eli/es/rd/2010/02/26/203#art-90

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