Capítulo CAPÍTULO VIII›Secc. Sección 3.ª Distintivo «Juego Limpio»
Art. 90
98 / 98En vigor desde 1 jul 2010
El distintivo podrá retirarse durante su período de disfrute por la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, a propuesta de la Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, por circunstancias sobrevenidas y debidamente motivadas.
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Proeli/es/rd/2010/02/26/203#art-90