Art. 11
En vigor desde 17 sept 1989
Las Entidades adjudicatarias deberán presentar una Memoria justificativa de la aplicación de las ayudas y subvenciones concedidas en el ejercicio anterior en los plazos que al efecto sean señalados por el Ministerio de Asuntos Sociales y el Ministerio de Asuntos Exteriores, en el ámbito de su respectiva competencia, debiendo someterse asimismo, en su caso. a los sistemas de evaluación que se establezcan.
Se modifica por el art. único del Real Decreto 1112/1989, de 28 de agosto. Ref. BOE-A-1989-22337 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1989/02/17/195#art-11