Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Órganos de coordinación y asesoramiento›§ Subsección 1.ª Órganos de coordinación
Art. 21
En vigor desde 4 feb 2014
1. El Comité de Valoración es el órgano encargado de resolver los problemas planteados cuando se dan discrepancias entre las administraciones competentes, en la adopción de medidas respecto a ciertos productos inseguros. El Comité está integrado por representantes de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas y su funcionamiento se acomodará a lo regulado en la Guía para la gestión de la Red de Alerta de Seguridad de Productos no Alimenticios.
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Proeli/es/rd/2014/01/17/19#art-21