Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición adicional quinta
En vigor desde 25 nov 2008
La admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado que se impartan en el sistema de centros universitarios de la defensa, previstos por la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, exigirá además de los requisitos generales previstos por dicha Ley para el ingreso en el correspondiente centro docente militar de formación, el cumplimiento de los requisitos de acceso establecidos en el presente real decreto.
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Proeli/es/rd/2008/11/14/1892#disposicion-adicional-quinta