Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Fase de la unión del procedimiento de modificación del pliego de condiciones
Art. 43
En vigor desde 1 may 2026
En cuanto al envío a la Comisión Europea de la solicitud de modificación del pliego de condiciones, la solicitud de suspensión del examen de la Comisión Europea de la solicitud de modificación del pliego de condiciones, el examen por la Comisión Europea y procedimiento nacional de oposición adicional y el procedimiento nacional en el procedimiento de oposición de la Unión, se aplicará, mutatis mutandis , lo establecido en los artículos 33 a 36, respectivamente.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2026/03/11/189#art-43