Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 11

En vigor desde 13 mar 2025
En el caso de la delegación de fondos españoles a otros Estados extranjeros, estos se concederán de acuerdo con lo dispuesto en el presente real decreto y, supletoriamente, en lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en el Reglamento de desarrollo de dicha ley, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
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eli/es/rd/2025/03/11/188#art-11

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