Art. 5

En vigor desde 26 dic 1991
Cuando la fecha de duración mínima o la fecha de caducidad figure en el etiquetado, el producto alimenticio podrá no ir acompañado de la indicación del lote, siempre que dicha fecha tenga, por lo menos, el día y el mes indicados claramente y en orden.
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eli/es/rd/1991/12/13/1808#art-5

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