Capítulo CAPÍTULO II

Art. 3

En vigor desde 10 feb 2008
Las ayudas destinadas a financiar los gastos corrientes asociados a las labores de cese y abandono y de rehabilitación medioambiental de antiguas zonas de extracción de carbón, así como los costes salariales y de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores que las realicen se concederán con cargo a los presupuestos de cada ejercicio económico hasta el 31 de diciembre del año 2010. Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 67, de 18 de marzo de 2008. Ref. BOE-A-2008-5160 .
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eli/es/rd/2008/02/08/180#art-3

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