Capítulo CAPITULO II

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 16 feb 2003
El presente Real Decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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eli/es/rd/2003/02/14/177#disposicion-final-segunda

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